En diciembre de 2025, a pocas semanas de que Verifactu entrara en vigor, el Gobierno lo aplazó un año entero. Para muchos autónomos y pymes con cita previa —peluquerías, centros de estética, fisios, clínicas, talleres— eso significó pasar del susto al alivio… y a una duda razonable: entonces, ¿desde cuándo me obliga exactamente, y qué tengo que hacer?
Esta guía responde eso con las fechas y obligaciones confirmadas en las fuentes oficiales (AEAT y BOE), sin humo. No vendemos "software homologado Verifactu": te explicamos qué te toca y cuándo, para que llegues a tu plazo sin sorpresas.
Qué es Verifactu, en una frase
Verifactu es el marco que obliga a que los sistemas informáticos de facturación (el programa con el que emites tus facturas o tickets) garanticen la integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad de cada registro, para prevenir el fraude fiscal. Lo regula el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre (el reglamento se conoce como RRSIF), y su desarrollo técnico está en la Orden HAC/1177/2024.
Dicho en corto: la Agencia Tributaria ya no quiere programas de facturación que permitan borrar o alterar una factura sin dejar rastro. El software tiene que "sellar" cada factura para que sea verificable.
Fechas: el calendario real tras el aplazamiento
El calendario original hablaba de 2026. El Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre lo aplazó un año:
| Tipo de obligado | Fecha desde la que es obligatorio |
|---|---|
| Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades (sociedades) | 1 de enero de 2027 |
| Autónomos (personas físicas) y resto de obligados | 1 de julio de 2027 |
¿A quién obliga y a quién no?
Estás dentro del ámbito si eres empresario o profesional en territorio común (España sin regímenes forales) y usas un programa informático para facturar. Un punto importante para negocios de cara al público: Verifactu aplica también a las facturas simplificadas y a los tickets, y a operaciones con consumidor final (B2C). Por eso un negocio con cita previa que emite tickets con su TPV o su software de gestión está dentro.
Quedan fuera, con carácter general:
- País Vasco (Álava, Gipuzkoa, Bizkaia): sujetos a TicketBAI de las Haciendas Forales, no a Verifactu.
- Navarra: régimen foral propio.
- Quienes ya usan el SII (Suministro Inmediato de Información, obligatorio por ejemplo para grandes empresas o facturación superior a 6 M€): SII y Verifactu son excluyentes.
- Quien factura 100% a mano, sin ningún sistema informático. Ojo: en cuanto usas un programa de citas que emite tickets, entras en ámbito.
Qué le exige Verifactu a tu software
No tienes que implementar tú nada de esto: es responsabilidad del programa que uses. Pero conviene que sepas qué debe cumplir para poder exigírselo a tu proveedor:
- Inalterabilidad e integridad. Cada registro de facturación lleva firma electrónica y un hash que impide modificarlo.
- Encadenamiento por hash. Los registros se enlazan en cadena cronológica: borrar o alterar uno rompe la cadena y se nota.
- Registro de eventos. El sistema documenta su propia operativa en un log.
- Código QR en cada factura (entre 30×30 y 40×40 mm) que permite verificarla en la sede de la AEAT.
- Mención en factura: la frase "VERI*FACTU" o "Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT".
- Dos modalidades: Verifactu con envío (el software remite cada registro a la AEAT en tiempo real, a cambio de menos exigencias de conservación) o sin envío (no remite, pero conserva los registros firmados, encadenados e inalterables a disposición de la AEAT).
Sanciones: por qué no conviene ignorarlo
El régimen sancionador viene de la Ley 11/2021 (Ley Antifraude), que introdujo el artículo 201 bis en la Ley General Tributaria:
- Usuario (tú, si tienes o usas software no conforme): hasta 50.000 € por ejercicio. Basta la mera tenencia o uso; no hay que probar intención de defraudar.
- Fabricante o comercializador del software: hasta 150.000 € por ejercicio y por cada tipo de sistema, más 1.000 € por cada sistema comercializado sin la certificación debida.
Verifactu no es la factura electrónica: no los confundas
Es la confusión más habitual. Son dos normativas distintas:
| Verifactu | Factura electrónica B2B | |
|---|---|---|
| Norma de origen | Ley Antifraude (RD 1007/2023) | Ley 18/2022 "Crea y Crece" |
| Qué regula | Que el software sea inalterable | El formato de factura entre empresas |
| A quién aplica | Todas las operaciones, incluidos tickets y B2C | Solo entre empresas/autónomos (B2B) |
| Comunicación | A la AEAT (en modalidad con envío) | Entre las dos empresas |
Para un negocio con cita previa que factura sobre todo a clientes particulares, la norma que le afecta ahora es Verifactu. La factura electrónica B2B de Crea y Crece está aún pendiente de desarrollo reglamentario y no conviene dar por firmes sus fechas.
Qué deberías hacer si tienes un negocio con cita previa
- Identifica tu fecha. ¿Sociedad? Enero de 2027. ¿Autónomo? Julio de 2027.
- Mira con qué facturas hoy. TPV, programa de gestión, software de citas que emite tickets, Excel/Word… Si es un programa, tiene que cumplir Verifactu en tu fecha.
- Pregunta a tu proveedor por escrito si su producto cumplirá Verifactu y en qué modalidad (con o sin envío a la AEAT).
- No dejes la facturación para el final. Cambiar de sistema de facturación con prisas, en plena campaña, es la peor forma de hacerlo.
Cómo encaja esto con Intelidatia
Intelidatia es el sistema que gestiona tu presencia web, tus reservas y tu agenda de clientes: la capa que te llena la agenda y reduce las ausencias. Estamos construyendo un módulo de facturación pensado para VeriFactu (RD 1007/2023) sobre ese mismo panel, que activaremos cuando esté listo. Hoy el Sistema no sustituye a tu programa de facturación actual. No usamos el término "homologado": la norma se basa en una declaración responsable del fabricante, no en una homologación previa de Hacienda. Si estás montando tu operación digital de cara a 2027, cuéntanoslo en una llamada de 10 minutos y lo ordenamos dentro del Sistema completo, sin venderte humo normativo.
Profundiza en Verifactu
- Las fechas, al detalle: qué cambió el RDL 15/2025 y los dos plazos (usuario y software) en fechas oficiales de Verifactu.
- No confundas normativas: en qué se diferencia de la factura electrónica B2B, en Verifactu vs Ley Crea y Crece.
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Esta guía es informativa y refleja la normativa vigente a 1 de julio de 2026 según fuentes oficiales (AEAT y BOE). No sustituye el asesoramiento de tu gestoría, que debe confirmar cómo te afecta en tu caso concreto.